sábado, 24 de marzo de 2012

COPAGOS


La pretensión de los efectores de salud (médicos, clínicas y centros de análisis de laboratorio) de cobrar a los afiliados de las prepagas un “bono”, “coseguro” o “copagos” (como le llamen) no es más que tratar de resolver un problema de ellos con las prepagas (financiadores del sistema) transfiriéndolo a los usuarios. Desde hace muchos años que las prepagas aumentan exageradamente las cuotas y cierran el grifo a sus prestadores, quedándose con la tajada del león.

La ley de prepagas previó esta situación, ocupándose no sólo de la relación del usuario con las prepagas, sino también de lo que pasa dentro del sistema de salud, y su art. 18 dice “Aranceles. La Autoridad de Aplicación debe fijar los aranceles mínimos obligatorios que aseguren el desempeño eficiente de los prestadores públicos y privados. La falta de cumplimiento de aranceles o la mora en el pago a los prestadores hace pasibles, a los sujetos comprendidos en el artículo 1º de la presente ley (NdeR las prepagas) de las sanciones previstas en el artículo 24 de la presente.”


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