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viernes, 23 de agosto de 2013

LEGITIMACIÓN DE LAS ASOCIACIONES DE USUARIOS Y CONSUMIDORES

CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL – JUEVES 22 DE AGOSTO DE 2013
La Corte ratifica la legitimación de las asociaciones de usuarios y consumidores para iniciar acciones colectivas

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En la causa “PADEC c/ Swiss Medical S.A.” la Corte Suprema reconoció que una asociación de usuarios y consumidores (PADEC) puede iniciar una acción colectiva para obtener la nulidad de una clausula contractual que autoriza a una prestadora de medicina prepaga a modificar unilateralmente el valor de las cuotas mensuales que cobra a sus afiliados.
La decisión de la mayoría del Tribunal –integrada por los Dres. Lorenzetti, Higthon de Nolasco, Fayt, Maqueda y Zaffaroni- ratificó el criterio sentado en el precedente “HALABI” (fallado el 24 de febrero de 2009) y reconoció que una asociación de usuarios y consumidores puede accionar judicialmente para cuestionar un hecho o acto que ocasionaría una lesión a una pluralidad de individuos.
Para ello, el tribunal destacó que en el caso se impugnaba el contrato tipo que suscriben quienes se afilian a la empresa de medicina prepaga y el planteo se orientaba a cuestionar un “efecto común” que este produce a todo el colectivo de afiliados de la demandada. Asimismo, se señaló que dada la escasa significación económica individual de las sumas involucradas, no aparecía justificado que cada uno de los posibles afectados promoviera su propia demanda, de manera que la acción colectiva iniciada por la asociación actora permitía tutelar el interés de los afiliados.
También se destacó que las previsiones contenidas en la Ley de Defensa del Consumidor permitían afirmar que por vía de una acción colectiva pueden introducirse planteos como el examinado.
Finalmente, se instruyó al magistrado de primera instancia para que encuadrara el trámite del proceso como una acción colectiva (en los términos del articulo 43 de la Constitución Nacional y del artículo 54 de la ley 24.240) y, entre otros recaudos, arbitrara un procedimiento apto para garantizar la adecuada notificación de todas aquellas personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, de manera de asegurarles tanto la alternativa de optar por quedar fuera del pleito como la de comparecer en el como parte o contraparte.
El juez Petracchi, en su voto, destacó que el art. 42 de la Constitución Nacional, según la reforma de 1994, confiere a los consumidores y usuarios de bienes y servicios el derecho a la protección de sus intereses económicos, mientras que el art. 43 amplía el espectro de sujetos legitimados para demandar incluyendo a las asociaciones que propendan a esos fines. Sostuvo que PADEC se hallaba legitimada en la causa de acuerdo al objeto previsto en su estatuto, y que si bien había promovido la demanda en los términos de la Ley de Defensa del Consumidor, tal demanda era igualmente apta a los fines pretendidos dada su analogía con la acción de amparo contemplada en el citado art. 43 de la Constitución.

La jueza Argibay, a su vez, después de poner de relieve el reconocimiento constitucional de los derechos de consumidores y usuarios de bienes y servicios, y la ampliación de los sujetos que en cierta medida pueden demandar su protección (arts. 42 y 43 de la Constitución según la reforma de 1994), subrayó que la Ley de Defensa del Consumidor prevé claramente que una asociación de usuarios y consumidores -como PADEC- esta legitimada para iniciar “acciones de incidencia colectiva” en defensa incluso de intereses individuales y divisibles de los miembros de cierto grupo, aun cuando puedan existir otros miembros del grupo con intereses de signo contrapuesto al defendido por las asociación, a punto tal que contempla la posibilidad de que estos últimos queden al margen de la sentencia a dictarse mediante una oportuna petición de exclusión.

viernes, 20 de abril de 2012

ABL CONVOCATORIA CONTRA AUMENTOS EXCESIVOS


Convocan a un amparo colectivo contra el “abusivo” aumento en la suba del ABL porteño
La diputada del FpV María José Lubertino sostuvo que el ajuste es “inequitativo en sí”, dado que entre otros puntos “no se hizo la valuación casa por casa que prometida”. En tanto, desde la Unión de Usuarios y Consumidores advirtieron que “los vecinos no entienden las boletas porque tienen menos datos de los que antes tenían y Macri violó la misma ley que estableció”. 
ADNDigital
16 de abril de 2012
CAPITAL FEDERAL, Abril 16 (ANDigital) La diputada porteña del Frente para la Victoria, María José Lubertino, llamó a trabajar en conjunto para definir “acciones colectivas que irán por vías legislativas y también por vías de acción judicial” en el marco de una convocatoria a la cual asistieron distintas organizaciones de defensas del consumidor, vecinos/as y ONGs para tratar los temas de la agenda política más inmediata de la Ciudad.
Entre esas cuestiones figuran la suba del ABL, consecuencias del temporal del 4 de abril y el mal funcionamiento de las prestaciones de telefonía celular.
“Vamos a realizar un amparo colectivo con damnificados para plantear modificaciones a la ley y para que el Ejecutivo clarifique el catastro”, señaló la diputada Lubertino en relación a la suba del ABL a la que calificó de “abusiva y de inequitativa en sí” ya que, entre otros puntos “no se hizo la valuación casa por casa que prometió el jefe de Gobierno, Mauricio Macri”.
Por su parte, Claudio Boada, de la Unión de Usuarios y Consumidores, planteó la necesidad de entregar créditos blandos desde el Banco Ciudad para los afectados y además remarcó que la “gestión actual es inexistente en cuanto a temas de asistencia social”.
Asimismo, se resolvió realizar “un trabajo de difusión con las comunas” y convocó a “todas las fuerzas de todos los partidos políticos y ONGs a ir barrio por barrio, hablar con los vecinos, recibir todas las problemáticas, armar una suerte de volante explicativo y reclutar firmas mientras se analiza jurídicamente la inconstitucionalidad de la suba”.
“Los vecinos no entienden las boletas porque tienen menos datos de los que antes tenían y  Macri violó la misma ley que estableció”, advirtió en relación a que la Ley Tributaria menciona un aumento de un tope del 66% que es superado en varios casos hasta el 200% y luego sentenció que “con un piso de pago de $600 anuales sólo se perjudican las personas de menores recursos”.
En tanto, Pedro Bucetti, presidente de Defensa de Usuarios y Consumidores, coincidió con la diputada Lubertino e hizo hincapié en la cuestión de verificar la inconstitucionalidad de la Ley porque “Ningún contribuyente sabe cómo se determinó el  valor de la edificación. Las valuaciones de las propiedades sobre las que se calcula el impuesto los fija unilateralmente el Poder Ejecutivo. La legislatura esto no lo trató”.
En la convocatoria realizada en el Salón Jauretche de la Legislatura porteña, también estuvieron presentes asesores de los diputados Juan Cabandié, Dante Gullo,Edgardo Form y representantes de la Unión de Usuarios y Consumidores (UUyC),  Red Argentina de Consumidores, Accuc (Asociación coordinadora de consumidores , usuarios y contribuyentes) Adduc ( Asociación de Defensa  de los Derechos de Usuarios y Consumidores), Deuco (Defensa de Usuarios y Consumidores), Asociación Argentina de Inquilinos, Federación Mudeco (Femudeco), Consumidores Libres, Centro de Jubilados Dulces Encuentros, Padec (Prevención Asesoramiento y  Defensa del Consumidor) y vecinos que se acercaran voluntariamente.
“Hay que buscar un modo razonable de que a corto plazo haya una información veraz, adecuada y disponible, para clarificar el tema de catastro” y “si está mal el catastro suponemos que hasta que esto se clarifique estamos todos daminificados”, concluyó Lubertino. (ANDigital)