jueves, 23 de febrero de 2012

El gobierno de la Ciudad deberá cumplir con la ley SIPCO

COMUNICADO DE PRENSA

EL GOBIERNO DE LA CIUDAD TIENE 120 DIAS PARA PONER EN FUNCIONAMIENTO EL SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE PRECIOS AL CONSUMIDOR (SIPCO) CREADO POR LEY 1493 DE OCTUBRE DE 2004.

Mientras no pone en funcionamiento el sistema perjudica a los consumidores ya que no podemos elegir los productos con precios más convenientes.

Las diferencias que encontramos es en promedio en casi un quince por ciento.

LA NORMATIVA VIGENTE.

Por ley 1493 sancionada por la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires el año 2004 se creó y debería estar en funcionamiento el sistema designado con el nombre de SIPCO (Sistema de Información sobre Precios al Consumidor)

Este sistema consiste en la obligación del Gobierno de la Ciudad de poner en marcha y mantener en correcto funcionamiento una página web donde se publiquen todos los precios de venta al público de los productos en venta en supermercados e hipermercados. Esta página debe contener un sistema donde fácilmente el consumidor pueda solicitar precio de determinado producto por determinado barrio y se visualicen las opciones de precios existentes y el lugar de venta.

Los super e hiper están obligados a entregar los archivos informáticos de los precios de todos y cada uno de sus productos (esto no implica limitación alguna en la fijación de los precios, promociones o descuentos y tampoco implica mayor costo alguno pues no es ni más ni menos que la entrega de los archivos donde tienen consignado los precios en base al sistema universal de código de barra, que usan para cobrar los precios en caja)

Podemos resumir que para los consumidores es la posibilidad de acceder desde cualquier computadora o terminal con acceso a internet a listados comparativos de los precios de cada producto y este listado puede solicitarse por cada uno de los barrios.

El decreto 1634/2005 reglamentó la ley estableciendo un plazo de 180 días para que comenzara su funcionamiento y limitó a 60 productos los que debían existir en estos listados comparativos.

Los super e hiper no pierden su posibilidad de modificar sus precios, pero siempre deberán comunicarlo previamente al SIPCO. No impide ni transforma la forma de fijación de precios, sino que facilita la información.

FALTA DE IMPLEMENTACION.

Este sistema nunca se implementó, por ello desde la “Unión de Usuarios y Consumidores” iniciamos una acción de amparo en septiembre de 2009, recayendo la misma en el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario Nº 8, Secretaría Nº 16 de esta Ciudad. El juez actuante citó no sólo al Gobierno de la Ciudad, sino también a todas las cadenas de Super e Hiper que funcionan en la Ciudad.

En dicho juicio se dictó la sentencia de primera instancia favorable a nuestra petición que establece

Obliga al Gobierno de la Ciudad a implementar el sistema en el plazo de 120 días.

Declaran la inconstitucionalidad del decreto y resolución que limita a 60 productos que deben figurar en los listados.

DIVERSIDAD DE PRECIOS Y VENTAJA PARA LOS CONSUMIDORES.

Desde la Unión venimos sosteniendo hace tiempo que actualmente hay gran diversidad de precios. Esto consiste en encontrar diferencias sensibles entre el precio de venta del mismo producto (idéntico en marca, peso o volumen y envase) en distintos locales del mismo barrio. No existe un determinado local donde encontremos todos los productos más baratos, sino que en cada local encontramos productos más baratos que en otra local. Poseer esta información es clave para reducir el gasto total que realiza una persona o familia. (Fundamentalmente en alimentos y productos de limpieza)

Hemos realizado relevamientos cruzados de varios híper y super del mismo barrio en la misma fecha para detectar cuales serían las ventajas que tendrían los consumidores y llegamos a la siguiente conclusión.

Si pensamos en productos idénticos: Diferencias encontradas

Mezcla para tortas Godet 127,48 %

Puré de Tomates La Campagnola 92,25 %

Papel Higénico Elit 4 unidades 89,11 %

Arroz Gallo Oro 67,39 %

Te en saquitos Green Hills 53,55 %

Yerba Mate Taragüi 50,14 %

Detergente para ropa Ace 44,64 %

Tapas para empanadas Dánica 44,58 %

Te en saquitos Taragüí 39,12 %

Jugo en Polvo Clight 38,40 %

Prepizza envasada Fausto 36,12 %

Jugo en Polvo Tang 34,45 %

Puré de Papas Instantaneo Maggi 34,33 %

Cacao en Polvo Arcoa 28,65 %

Sal Fina dos anclas 27,53 %

Detergentes Lavavajillas Querubín 24,30 %

Mate cocido en saquitos Taragüi 22,70 %

Aceite Mezcla Lira 21,27 %

Detergentes Lavavajillas 20,46 %

Yoghurt La Serenísima 19,43 %

Queso rallado envasado Sancor 17,36 %

Galletitas de agua criollitas 14,65 %

Galletitas dulces variedad Terrabusi 12,92 %

Harina 000 Cañuelas 12,43 %

Bocaditos de pollo congelados Patitas 12,07 %

Mezcla para torta exquisita 11,78 %

Ravioles envasados Matarazzo 9,42 %

Arroz Molinos Ala 8,71 %

Pan Lacteado Fargo 6,30 %

Estos son los productos que encontramos con mayor variación entre distintos locales ubicados a pocas cuadras en el Barrio de Colegiales. La generalidad de los productos contienen diferencias entre el 5 % al 20 %

Si pensamos en un producto en general (sin determinar marca): Diferencias encontradas

Los productos contienen diferencias mucho más amplias. Encontramos productos que, según donde se compren, valen dos, tres y cuatro veces más.

Si existiera disponible el sistema de búsqueda comparativa de precios se podría ahorrar mucho dinero en las compras diarias. Por todo lo ello, es que consideramos de gran importancia para los consumidores la implementación efectiva del SIPCO, lo que va a concretarse en importantes ventajas económicas para todos nosotros, en nuestro carácter de consumidores.

Dr. Horacio Bersten (15) 4400-7035

Dr. Ariel Caplan (15) 6740-7600

Dr. Claudio Daniel Boada (15) 6164-9463

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