Todos los usuarios de Movistar sufrimos el colapso de servicios del 2 de abril. Luego del correspondiente proceso sancionatorio –en el cual tuvimos participación las asociaciones de consumidores- se sancionó a la prestadora de la siguiente manera:
ARTICULO 1°- SANCIONAR, a la
empresa TELEFÓNICA MÓVILES ARGENTINA SA con una multa de PESOS SEIS MILLONES
SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SEIS CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($
6.075.906,53), por el incumplimiento del artículo 5.1 del Decreto N° 1461/93.
ARTICULO 2°.- INTIMASE a la
empresa TMA SA para que dentro de la primera o segunda facturación a partir de
notificada la presente, acredite a cada uno de sus usuarios el importe de PESOS
DIEZ ($10), debiendo, para el caso de los servicios pospago, indicar en la
factura en forma desagregada dicho crédito haciendo mención al cumplimiento del
presente acto administrativo, mientras que para los prepagos deberá dar
cumplimiento a dicha acreditación dentro del plazo de DIEZ (10) días de
notificada la presente, enviando, además, un mensaje de texto a cada terminal
informando de la efectiva acreditación del importe señalado, incluyendo la
mención al cumplimiento del presente acto administrativo.
ARTICULO 3°.- INTIMASE a la
empresa TMA SA a que dentro de los DIEZ (10) días siguientes del cumplimiento
de la obligación impuesta en el artículo 2° remita a esta COMISIÓN NACIONAL DE
COMUNICACIONES la información que acompañará con un informe de Auditor Externo
y la firma del profesional interviniente legalizada por el Consejo Profesional
de Ciencias Económicas sobre la acreditación efectuada.
ARTICULO 4°.- INTIMASE a la
empresa TMA SA a que dentro de los DIEZ (10) días siguientes de notificado el
presente acto, manifieste formalmente ante esta COMISIÓN NACIONAL DE
COMUNICACIONES un informe pormenorizado de las medidas y acciones implementadas
para evitar el acaecimiento de un nuevo hecho de similares características y el
debido plan o programa de contingencia.
Los usuarios debemos
controlar algunas cuestiones:
PARA
QUIENES TIENEN SERVICIO POSTPAGO (CON FACTURA)
Primero:
La factura que recibes en la
que te factura los servicios de abril (en general la del mes de mayo) debió
contener el descuento del día que no se brindó servicio.
En el link que detallo a
continuación podrás ver la hoja cuatro de una factura que contiene la mención
“incidente en la red” http://es.scribd.com/doc/96743500/Factura-Movistar
Tengamos en cuenta que el
valor del descuento depende del valor del abono contratado
Segundo:
Deberán controlar las
próximas facturas, pues entre las dos primeras que le remitan deberá
consignarse una mención parecida a la ya detallada, donde consta que se hace un
descuento de diez pesos con más el IVA correspondiente. En este caso deben
manifestar que se realiza la bonificación debido al dictado de la resolución
824/12 CNC.
PARA
QUIENES TIENEN SERVICIO PREPAGO (SIN FACTURA)
Deberán recibir una
acreditación de diez pesos en el saldo a utilizar y recibir un mensaje de texto
donde informa la acreditación (ilustramos este post con el print de pantalla de
una línea de celular que recibió la bonificación)
MISCELANEAS
En este Link encontrarán la
Resolución 824/2012 de la CNC que aplica las sanciones a Movistar por el día de
interrupción del servicio por el colapso de Movistar.
En este Link podrá leer la
nota de Página 12 donde sancionan a Claro por una falta parcial (limitada
geográficamente) de servicios y donde me
entrevistan a fin de establecer el proceso de bonificaciones a los usuarios de
Movistar.
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