lunes, 2 de octubre de 2017

LA INFLACIÓN SE COMIÓ EL REDONDEO

Allá por el año 2004 se dictó la ley 25.954 (modificatoria de la ley 22.802) más conocida como "ley del redondeo" la que -con una escueta redacción- dice "Artículo 9º bis: En todos aquellos casos en los que surgieran del monto total a pagar diferencias menores a cinco (5) centavos y fuera imposible la devolución del vuelto correspondiente, la diferencia será siempre a favor del consumidor".






Claramente la misma estableció que cuando faltan monedas para el vuelto; el redondeo se hace para abajo, beneficiando al consumidor. Pero -si miramos la literalidad de la norma- esta es aplicable cuando las diferencias entre el precio del producto y el pago realizado son menores a cinco centavos. Esta solución se debía a la falta de monedas de un centavo, existentes en ese momento.


El paso de los años llevó a que les diferencias menores a cinco centavos carezcan de significación en la actualidad. Siempre las diferencias en este momento son mayores a dicha suma. Si respetáramos el espíritu de la normativa, si hay diferencia –cualquiera sea- el redondeo debe ser hacia abajo. Las fotos nos demuestran lo contrario.



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