domingo, 3 de abril de 2011

APLICACION DEL DAÑO DIRECTO EN SERVICIOS PUBLICOS

Las Asociaciones de consumidores logramos a través de diversas reuniones y lobby realizado ante el Ministerio de Planificación que se sancionara a las distribuidoras eléctricas, en especial Edesur por los graves incumplimientos y cortes del 26 al 31 de diciembre del año pasado. Esta sanción en beneficio de los usuarios que sufrieron cortes, es un piso de mínima, que compensa los daños sufridos por los usuarios del sistema (comidas y medicamentos que tenían en la heladera o freezer, mecesidad de comer afuera o mudarse unos dìas a la casa de un pariente, etc) y que por la escasa magnitud nadie las reclama porque tendría que hacerse por juicio. USUARIOS DE EDESUR, EDENOR Y EDELAP EMPEZARON A PERCIBIR LAS INDEMNIZACIONES Los cortes del verano se cobran en otoño Las distribuidoras eléctricas están remitiendo a los clientes que sufrieron el apagón de diciembre las facturas con las compensaciones ordenadas por el ente regulador. Van de 180 a 450 pesos. Es la primera vez que se aplica la reformada Ley de Defensa del Consumidor. Por David Cufré Página 12 del 1 de abril de 2011. Los usuarios residenciales de Edesur, Edenor y Edelap que sufrieron los cortes de energía eléctrica entre el 20 y el 31 de diciembre del año pasado empezaron a recibir las facturas del servicio con los resarcimientos ordenados por el ente regulador del sector (ENRE). La reparación económica es de 180 pesos si la interrupción fue de 12 a 24 horas, de 350 pesos entre 24 y 48 horas y de 450 pesos por cortes de más de dos días. Si el usuario consume menos de esos montos en un bimestre puede reclamar la diferencia en efectivo a las empresas o esperar a que se la acrediten en próximas boletas. Más allá de la compensación para los usuarios afectados, el hecho tiene relevancia por dos motivos: es la primera vez que se aplica la nueva Ley de Defensa del Consumidor en la reparación de daños menores, sin necesidad de que cada cliente demuestre el perjuicio ocasionado, y establece un precedente de peso frente a eventuales situaciones del mismo tipo en este u otro servicio público. Existe una tercera cuestión que también es inédita. Las empresas aceptaron la disposición del ENRE y empezaron a aplicarla sin objeciones. Su actitud en el pasado frente a multas aplicadas, por el ente regulador fue apelarlas tanto en sede administrativa como judicial, dando lugar a extensos procesos que les permitían esquivar o, al menos, diluir la sanción. Hay distintas razones que explican el cambio. Una es que el Gobierno adoptó una posición inflexible, más que otras veces, en parte por la reacción social y en parte por la reiteración de acontecimientos similares. El ministro Julio De Vido llegó a amenazar públicamente con la rescisión del contrato a alguna de ellas. Ese es otro motivo del acatamiento de las sanciones: de acuerdo con distintos especialistas, estaban dadas las condiciones para anular más de una concesión. El universo de usuarios residenciales que padecieron cortes de luz de más de 12 horas y están empezando a recibir las indemnizaciones es de 145 mil. En un primer momento, el Gobierno mencionó que eran 350 mil, pero cuando salió la resolución del ENRE –con el piso de 12 horas– bajó esa cifra a menos de la mitad. También quedaron afuera los comercios y los grandes consumidores. La mayoría de los clientes compensados, más del 70 por ciento, son de Edesur, mientras que los de Edenor representan cerca del 25 por ciento y los de Edelap, menos del 5 por ciento. Esta última empresa fue la que arrancó primero con las devoluciones, hace tres semanas, y luego siguió Edesur. De acuerdo con fuentes ligadas a entidades de consumidores, Edenor también está cumpliendo con los pagos, pero en la empresa no terminaron de confirmarlo. El ENRE aplicó dos figuras para ordenar la reparación a los usuarios. La más importante es la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor, reformada hace dos años. Allí se creó la figura del daño directo, por la cual los clientes no tienen que demostrar el daño sufrido frente al incumplimiento de alguna empresa. En este caso, no debieron explicar si perdieron alimentos o remedios guardados en la heladera, justificar los costos asociados por tener que ir a comer a un restaurante o desplazarse a la casa de un familiar para bañarse. Todo ello queda cubierto con el monto fijado para la indemnización. Edesur tendrá que efectuar resarcimientos por ese motivo por un total de 61,4 millones de pesos, mientras que a Edenor le corresponden 21,2 millones y a Edelap, 1,7 millón. El segundo ítem es la multa a las distribuidoras por la defectuosa calidad del servicio, según lo establecido en los pliegos de concesión. En este caso, Edesur deberá pagar cinco millones de pesos, Edenor, 1,1 millón, y Edelap, 138 mil pesos. Claudio Boada, de la Unión de Usuarios y Consumidores, y Pedro Busetti, de Deuco, destacaron en diálogo con Página/12 el hecho de que se aplique por primera vez la figura creada en la Ley de Defensa del Consumidor. “Es un precedente muy importante de cara al futuro, tanto si se repiten los cortes de electricidad como frente a cualquier inconveniente en otro servicio”, sostuvo Boada. “Nadie hace un juicio por un daño menor, por eso es importante que se utilice este precepto”, explicó. También señaló que dentro del ENRE existe una comisión de usuarios, con representantes de las distintas asociaciones, la cual está monitoreando que las distribuidoras cumplan con la devolución a los afectados por los cortes del verano. “Le pedimos a la gente que nos informe si no les pagan o surge algún problema”, sugirió Boada, aunque se manifestó satisfecho por cómo se están dando las cosas hasta el momento.

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